Los gastos relacionados con la ejecución del proyecto solo pueden efectuarse a partir de la fecha en que la Resolución que aprueba el convenio se encuentra completamente tramitada.
La única excepción corresponde a los gastos asociados a la constitución de la garantía, en el caso de proyectos con modalidad de anticipo. En estos casos, la garantía debe ser presentada previamente a la tramitación completa del convenio y la resolución, por lo que su gasto se permite con anterioridad.