Los incoterms (international commercial terms) son términos, de tres letras cada uno, que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las partes en un contrato de compraventa internacional de mercaderías acerca de las condiciones de entrega de las mercancías. Se usan para aclarar los costos de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la práctica actual en el transporte internacional de mercancías.
El objetivo fundamental de los Incoterms consiste en establecer criterios definidos sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre la parte compradora y la parte vendedora en un contrato de compraventa internacional.
Son de aceptación voluntaria por las partes, o sea, no son un esquema jurídico obligatorio.
Su principal ventaja consiste en haber simplificado mediante denominaciones o siglas universalmente aceptadas un cúmulo de condiciones que tienen que cumplir las dos partes contratantes.
Regulan los siguientes aspectos del intercambio comercial:
- La entrega de mercancías.
- La transmisión de riesgo.
- La distribución de gastos.
- Los trámites de documentos aduaneros.
Los Incoterms no se aplican automáticamente en un contrato de compraventa, sino que su uso debe ser especificado por las partes.
Estos no constituyen un set totalmente completo y exhaustivo de términos contractuales aplicables a la compraventa, sino que las partes deben tener claro que la legislación local puede, en algunos casos, preceder sobre los aspectos contractuales que incluyan a los Incoterms.
Se recomienda a las partes ser cuidadosas en la elección de estas siglas para que éstas reflejen exactamente el tipo de la transacción, especialmente porque la sigla elegida sólo se aplica si las partes especifican o acotan al máximo el lugar o puerto de destino.
La Cámara de Comercio Internacional – ICC – con sede en París, se ha encargado desde 1936 (con revisiones en 1953, 1980, 1990, 2000, 2010 y 2020) de la elaboración y actualización de estos términos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio internacional.
En el siguiente cuadro se muestran los incoterms vigentes desde el 1 de enero de 2020: