ARANCEL
Cualquier impuesto o cargo de cualquier tipo aplicado en relación a la importación de bienes. Puede ser ad valorem (un porcentaje del valor) o específicos (por ejemplo, 7 dólares por 100 kg).
Los países aplican este arancel de importación con dos finalidades:
- Proteger a la industria nacional de la competencia extranjera.
- Incrementar la recaudación de impuestos del gobierno.
El arancel se aplica sobre el valor aduanero de la mercancía (base imponible), el cual se compone por el valor FOB de la mercancía, más los costos de transporte y seguro, lo cual se conoce como valor CIF.
Al momento de ser aplicado, el arancel aduanero puede asumir múltiples formas:
- DERECHO AD VALOREM: es la aplicación de un porcentaje sobre el valor de la mercadería. Por ejemplo: 15% del valor CIF.
- DERECHO ESPECÍFICO: es una tasa fija que se aplica sobre la mercadería y se expresa en términos monetarios por unidad de medida. Por ejemplo: 57 € por cada 1.000 litros.
- DERECHO COMPUESTO: es una combinación de los anteriores. Por ejemplo: 15% del valor CIF 57 € por cada 1.000 litros.
Adicionalmente, el Centro de Comercio Internacional (ITC), que es la agencia conjunta de la Organización Mundial del Comercio y de las Naciones Unidas, ha desarrollado un sistema que permite identificar los derechos de aduana, contingentes arancelarios, medidas no arancelarias y regímenes preferenciales aplicables a su producto, al cual puedes acceder haciendo click aquí.
BARRERAS ARANCELARIAS
Las barreras arancelarias son los impuestos (aranceles) que se deben pagar en un país para poder importar o exportar.
En el marco de los acuerdos firmados bajo el amparo de la Organización Mundial de Comercio (OMC), este tipo de barrera comercial está regulada, para resguardar así los principios básicos de la OMC. Éstos garantizan el trato no discriminatorio que brinde determinado país a otro país miembro en relación a sus nacionales (trato nacional), que cada miembro conceda a todos los demás miembros un trato no menos favorable que el concedido a las importaciones procedentes de cualquier otro país (Nación Más Favorecida-NMF-), y que se respete el compromiso de no elevar el arancel aplicado en el Arancel Aduanero Nacional por encima del nivel consolidado*.
- Más detalles de los Acuerdos de la OMC y sus principios básicos en su página web. Puedes acceder haciendo click aquí.
*Arancel consolidado: es un arancel respecto del cual hay un compromiso jurídico de no elevarlo por encima del nivel comprometido en el Acuerdo OMC, este arancel puede ser distinto de un arancel aplicado puesto que el país miembro puede aplicar un arancel menor que el que se comprometió a aplicar.
CÓDIGO ARANCELARIO
Un código arancelario es un código específico de un producto recogido en el Sistema Armonizado (SA) que mantiene la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Existen códigos arancelarios para casi todos los productos con los que se comercia en el mundo y esta codificación garantiza la uniformidad de la clasificación de los productos en todo el mundo.
Para conocer el código arancelario del sistema armonizado que clasifica a un determinado producto puedes visitar:
- El Arancel Aduanero chileno de la Dirección Nacional de Aduanas haciendo click aquí.
- El sitio del Centro de Comercio Internacional haciendo click aquí.